La Federación tendrá por misión la defensa de los derechos e intereses de las asociaciones que la componen, promoviendo acciones a favor del desarrollo industrial
La Asociación no discriminará a sus miembros y representantes por razón de sexo, edad, raza, tendencias políticas ni religiosas.
Constituida el 22 de Junio de 1999 e incorporada mediante decreto 293-99. La FAI ha representado a las asociaciones representativas del sector industrial MIPYMI en multiples escenarios de gran importancia para su desarrollo y defensa de sus derechos.
CESI, Pacto por la Unidad, Consejo Economico y Social, Pacto Educativo, Pacto Electrico, Senado de la Republica, Mesa Presidencial de Mipymes, Mesa Presidencial de falsificaciones.
Asociación de Industrias de Herrera (AEIH) hoy Asociación Nacional de Empresas e Industrias Herrera (ANEIH)
Industrias Farmacéuticas Dominicanas (INFADOMI)
Asociación Dominicana de Industrias Gráficas y Afines, Inc. (ADIGA)
Asociación Dominicana de Industrias Textiles (ADITEX)
Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Textiles (APYMETEX)
Union de Medianos y Pequeños Industriales de la Harina (UMPHI)
Asociación Nacional de Fabricantes de Muebles y Colchones (ASONAIMCO)
Asociación Nacional de Mecánica y Metalurgia (ASONAMECA)
Asociación Dominicana de Calzados (ADOCALZA)
Asociación Dominicana de Fabricantes de Dulces y Afines (ASODULCE)
Asociación Dominicana de Fabricantes de Jeans (ASOJEAN)
Asociacion de Fabricantes de Productos de Alambres de Acero
Asociacion de Empresas Nueva Isabela
Confederacion Dominicana de la Pequena y Mediana Empresa (CODOPYME)
Asociación Dominicana de Embotelladores de Agua Purificada (ADEAGUA)
Colaborar en la medida de sus posibilidades con el alcance de los objetivos de la Asociación;
Asistir con puntualidad a las reuniones y asambleas de la Asociación;
Aceptar los cargos y comisiones que se les confíen o renunciar cuando no pudieran cumplirlos y brindar su mejor cooperación a la obtención de los fines de esta Asociación;
Pagar puntualmente las cuotas ordinarias y las extraordinarias que pudiese establecer el Directorio Ejecutivo.
Cumplir con el resto de las obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
Obtener de la Federación toda la asistencia e información que requieran;
Elegir y ser elegidos, cuando se trate de socios activos;
Concurrir a las asambleas por sí o por medio de mandatario, con voz y voto en ellas;
Obtener contestación oportuna cuando se hubiere dirigido al Directorio Ejecutivo o a la Dirección Ejecutiva, en cualquier asunto de su interés;
Recibir todas las publicaciones que emanen de la Asociación;
Ser provistos de cartas de presentación, ante cualesquiera personas o entidades relacionadas con sus actividades empresariales;
Separarse de la Asociación conforme a las disposiciones de estos estatutos;
Recibir los servicios que ofrece la Asociación;
Los demás beneficios que se derivan de las disposiciones de estos estatutos.
Ser oído previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que dan lugar a tales medidas, con la debida motivación del acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
Impugnar ante los tribunales los acuerdos de los órganos de la asociación que se estimen contrarios a la ley o a los estatutos.
Cargo Asociación Representante
Presidente ADIGA Ramon P. Baez
1er. Vicepresidente ADEAGUA
2do. Vicepresidente INFADOMI Fernando Espinal
Secretario General UMPIH Aaron David Dinzey
Tesorero ADITEX Antonio Colon
Vocal ANEIH Noel B. Urena
Vocal ADOCALZA Jesús Diéguez Hijo
Vocal Honorifico ADOCALZA Jesús Diéguez EPD
Vocal Honorifico ADEAGUA David Toribio EPD
Santo Domingo, DN., República Dominicana
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